SOLICITUD DE ACCESO
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, permite a los ciudadanos ejercer el derecho de acceso a la información pública en aquellos ámbitos que no estén cubiertos por la parte de publicidad activa de este portal.
Para ello, se deberán seguir las instrucciones del Portal de la Transparencia del Gobierno de España: https://transparencia.gob.es/derecho-acceso/solicite-informacion-publica
El procedimiento se iniciará con la presentación de la correspondiente solicitud dirigida a la Unidad de Información de Transparencia del Ministerio de Hacienda, para que su traslado a la SEPI y posterior remisión a la Agencia EFE.
La resolución se notificará en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por la Unidad Responsable de la Agencia EFE. Este plazo podrá ampliarse por un mes adicional si el volumen o la complejidad de la información lo requieren, previa notificación al interesado.
Contra la resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, o bien, de forma potestativa, una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en el plazo de un mes.
EFE 2026.